Actualizado a 05/04/2020

  1. Se considera Accidente de Trabajo, los períodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19. Retroactividad de la norma y aplicación a casos comenzados con anterioridad a la entrada en vigor de la misma. Artículo 5 del Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, sobre consideración como situación asimilada a accidente de trabajo de los períodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19 y Criterio 4/2020 de la Seguridad Social DGOSS, sobre la aplicación del artículo quinto del Real Decreto-ley 6/2020.
  2. Toda empresa que deba cerrar temporalmente por causa de fuerza mayor, imperativo legal, razones sanitarias, falta de aprovisionamientos, razones técnicas, económicas u organizativas tiene posibilidad de solicitar Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) bien suspensión de contratos, reducción de jornada o ambas. 
  3. Derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativo. Art. 8 Decreto-Ley 6/2020.
  4. Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. Artículo 13 Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.
  5. Aplazamiento de deudas tributarias. Aplazable en seis meses y los tres primeros no devengará intereses. Medida dirigida a autónomos y pymes, excluidas grandes empresas. Art. 9 Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo. 
  6. Ampliación de la línea de financiación Thomas Cook para atender al conjunto de empresas establecidas en España incluidas y relacionados con el sector turístico. Créditos y préstamos a interés muy bajo, líneas ICO.
  7. Los trabajadores incluidos en ERTE, no tendrán que hacer nada respecto a la solicitud de prestación por desempleo excepto aquellos que lo soliciten por primera vez que deberán de incluirse en la página del Servicio Andaluz de Empleo. Teléfonos para asistencia 671 561 918, 671 533 432 y 677 904 037. https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/sae/areas/demanda-empleo/gestiones-demanda/paginas/empleo-covid19.html
  8. Los trabajadores que NO estén incluidos en ERTE y deban solicitar prestación por desempleo, lo pueden hacer a través de certificado digital y si no lo tuviese una pre-solicitud. https://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19.html
  9. Bono social eléctrico para los autónomos en situación de cese de actividad con motivo del estado de alarma ya sea por imperativo legal o bien haya visto reducido sus ingresos más de un 75 %. Gestionado directamente con cada comercializadora eléctrica con la que se tenga contratado suministro. https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/04/
  10. Se mantiene las fechas para la presentación de la declaración de renta IRPF (Del 01 de Abril al 30 de Junio). https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Novedades/Inicio_Campana_Renta_y_Patrimonio_2019.shtml
  11. Obligación de presentar el primer trimestre para autónomos y empresas hasta el 20 de Abril de 2020.
  12. La mayoría de autónomos en situación de dificultad financiera derivadas de la situación de confinamiento de las personas y Estado de Alarma pueden solicitar financiación a las entidades bancarias estando en buena medidas garantizados por el Gobierno.
  13. Moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual. Los deudores, así como fiadores y avalistas formalizados en contratos de  préstamo o crédito con garantía hipotecaria inmobiliaria que estén desempleados o hayan sufridos una perdida sustancial de sus ingresos como regla general en más de un 40 % o se encuentren en situación de vulnerabilidad económica, pueden solicitar una moratoria en el pago de cuotas procediendo la entidad acreedora a su implementación en un plazo máximo de 15 días. No devengará intereses.
  14. Permiso obligatorio retribuido recuperable para actividades consideradas no esenciales desde el 30 de Marzo hasta el 09 de Abril.
  15. Se incluyen medidas para que las sociedades mercantiles adapten su actividad a las actuales circunstancias, introduciendo flexibilidad para el desarrollo de reuniones de órganos de gobierno, formulación de cuentas, celebración de juntas de accionistas o plazos de presentación de documentos registrales. Del mismo modo, se flexibilizan los plazos para que un deudor en estado de insolvencia solicite la declaración de concurso.
  16. Se flexibilizan las condiciones para favorecer la conciliación y el trabajo no presencial, en el caso del cuidado de niños, mayores o personas dependientes, definiendo las situaciones que justifican la ausencia del puesto de trabajo y facilitando el derecho a la adaptación de la jornada como mecanismo menos adverso tanto para el trabajador como para la propia empresa.
  17. Se facilita que las empresas posibiliten el trabajo a distancia.
  18. Se disponen diversas medidas de apoyo a las pymes para impulsar su adaptación al entorno digital a través del programa Acelera, dotado con 250 millones de euros, dirigidos a ayudas para I+D+i, y a financiar la inversión en adquisición de equipamiento o soluciones de trabajo no presencial.
  19. Se crea un programa estatal financiado con 300 millones de euros para garantizar la asistencia a domicilio de personas.

Juan Morillo Martín

Economista-Asesor Fiscal