Recopilación de medidas de relevancia que afectan a las
empresas y la ciudadanía en general para paliar el impacto en la
economía debido al COVID 19
- Se considera Accidente de Trabajo, los períodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19. Retroactividad de la norma y aplicación a casos comenzados con anterioridad a la entrada en vigor de la misma. Artículo 5 del Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, sobre consideración como situación asimilada a accidente de trabajo de los períodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19 y Criterio 4/2020 de la Seguridad Social DGOSS, sobre la aplicación del artículo quinto del Real Decreto-ley 6/2020.
- Toda empresa que deba cerrar al 100 % o de forma parcial de forma temporal bien por recomendación sanitaria, descenso de ventas, falta de aprovisionamiento, etc, tiene posibilidad de solicitar Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE). https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/03/12/legal/1584024608_982899.html
- Derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativo. Art. 8 DecretoLey 6/2020.
- Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. Artículo 13 Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.
- Aplazamiento de deudas tributarias. Aplazable en seis meses y los tres primeros no devengará intereses. Medida dirigida a autónomos y pymes, excluidas grandes empresas. Art. 9 Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.
- Ampliación de la línea de financiación Thomas Cook para atender al conjunto de empresas establecidas en España incluidas en determinados sectores económicos. (Sector Turístico). Créditos y préstamos a interés muy bajo, líneas ICO. CNAE a los que debe pertenecer la empresa:
Cód. | Título CNAE2009 |
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4932 | Transporte por taxi |
4939 | Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p |
511 | Transporte aéreo de pasajeros |
5110 | Transporte aéreo de pasajeros |
5221 | Actividades anexas al transporte terrestre |
5222 | Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores |
5223 | Actividades anezas al transporte aéreo |
551 | Hoteles y alojamientos similares |
5510 | Hoteles y alojamientos similares |
552 | Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia |
5520 | Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia |
559 | Otros alojamientos |
5590 | Otros alojamientos |
56 | Servicios de comidas y bebidas |
561 | Restaurantes y puestos de comidas |
5610 | Restaurantes y puestos de comidas |
5621 | Provisión de comidas preparadas para eventos |
5629 | Otros servicios de comidas |
7711 | Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros |
7721 | Alquiler de artículos de ocio y deportes |
7911 | Actividades de las agencias de viajes |
7912 | Actividades de los operadores turísticos |
799 | Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos |
7990 | Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos |
855 | Otra educación |
91 | Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales |
9004 | Gestión de salas de espectáculos |
9102 | Actividades de museos |
9103 | Gestión de lugares y edificios históricos |
9321 | Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos |
9329 | Actividades recreativas y entretenimiento |
Hemos realizado una consulta desde ayer Viernes a varias entidades financieras si para la concesión de dichos préstamos el único requisito de pertenencia al sector turístico es estar incluido en algunos de los anteriores CNAE.
Por último comunicar que desde Roma Gestión hemos puesto en marcha una serie de medidas de carácter preventivo, con el fin de garantizar la calidad de nuestro servicio y velar por la salud de nuestro equipo y nuestros clientes, principalmente solicitando a nuestros clientes y colaboradores que la mayoría de consultas se realicen a distancia.
La atención telefónica se seguirá realizando de forma habitual a través de los teléfonos habituales (955667273 y 607378907), y a través de nuestro correo jmorillo@romagestion.com.
Dos Hermanas, Sevilla 14/03/ 2020
Juan Morillo Martín
Economista-Asesor fiscal