Recopilación de medidas de relevancia que afectan a las
empresas y la ciudadanía en general para paliar el impacto en la
economía debido al COVID 19

  1. Se considera Accidente de Trabajo, los períodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19. Retroactividad de la norma y aplicación a casos comenzados con anterioridad a la entrada en vigor de la misma. Artículo 5 del Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, sobre consideración como situación asimilada a accidente de trabajo de los períodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19 y Criterio 4/2020 de la Seguridad Social DGOSS, sobre la aplicación del artículo quinto del Real Decreto-ley 6/2020.
  2. Toda empresa que deba cerrar al 100 % o de forma parcial de forma temporal bien por recomendación sanitaria, descenso de ventas, falta de aprovisionamiento, etc, tiene posibilidad de solicitar Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE). https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/03/12/legal/1584024608_982899.html
  3. Derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativo. Art. 8 DecretoLey 6/2020.
  4. Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. Artículo 13 Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.
  5. Aplazamiento de deudas tributarias. Aplazable en seis meses y los tres primeros no devengará intereses. Medida dirigida a autónomos y pymes, excluidas grandes empresas. Art. 9 Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.
  6. Ampliación de la línea de financiación Thomas Cook para atender al conjunto de empresas establecidas en España incluidas en determinados sectores económicos. (Sector Turístico). Créditos y préstamos a interés muy bajo, líneas ICO. CNAE a los que debe pertenecer la empresa: 

 

Cód.Título CNAE2009
4932Transporte por taxi
4939Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p
511Transporte aéreo de pasajeros
5110Transporte aéreo de pasajeros
5221Actividades anexas al transporte terrestre
5222Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores
5223Actividades anezas al transporte aéreo
551Hoteles y alojamientos similares
5510Hoteles y alojamientos similares
552Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia
5520Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia
559Otros alojamientos
5590Otros alojamientos
56Servicios de comidas y bebidas
561Restaurantes y puestos de comidas
5610Restaurantes y puestos de comidas
5621Provisión de comidas preparadas para eventos
5629Otros servicios de comidas
7711Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros
7721Alquiler de artículos de ocio y deportes
7911Actividades de las agencias de viajes
7912Actividades de los operadores turísticos
799Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
7990Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
855Otra educación
91Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
9004Gestión de salas de espectáculos
9102Actividades de museos
9103Gestión de lugares y edificios históricos
9321Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos
9329Actividades recreativas y entretenimiento

 

Hemos realizado una consulta desde ayer Viernes a varias entidades financieras si para la concesión de dichos préstamos el único requisito de pertenencia al sector turístico es estar incluido en algunos de los anteriores CNAE.

Por último comunicar que desde Roma Gestión hemos puesto en marcha una serie de medidas de carácter preventivo, con el fin de garantizar la calidad de nuestro servicio y velar por la salud de nuestro equipo y nuestros clientes, principalmente solicitando a nuestros clientes y colaboradores que la mayoría de consultas se realicen a distancia.

La atención telefónica se seguirá realizando de forma habitual a través de los teléfonos habituales (955667273 y 607378907), y a través de nuestro correo jmorillo@romagestion.com.

Dos Hermanas, Sevilla 14/03/ 2020

Juan Morillo Martín
Economista-Asesor fiscal